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Conceptos Básicos y Lineamientos Generales de las SPI


"Las Sociedades Populares de Inversión (SPI), son organizaciones independientes, de tipo empresarial, de carácter local y popular, propiedad de personas que generalmente tienen actividades económicas de pequeña escala, y que constituyen un capital mediante aportes patrimoniales individuales. Están dirigidas y controladas por los socios y socias, teniendo como finalidad principal brindar servicios financieros (inversión, crédito y ahorro) a sus integrantes, y casi siempre también a otras personas no socias de los ámbitos geográficos (localidades, barrios, comunidades, etc. del ámbito rural y urbano popular) donde operan."

 

1. El modelo propicia que grupos de personas que tienen actividades económicas de pequeña escala, ubicadas geográficamente en una misma localidad y con ciertos vínculos entre sí, se organicen para autogestionar un servicio de crédito, capitalización y eventualmente ahorro, para atender a los/as propios/as integrantes del grupo y, si lo deciden, también a terceras personas que no son del grupo pero sí de la localidad.

 



2. El modelo implica que el grupo debe diseñar, constituir y manejar una organización específica e independiente para operar los servicios de ahorro, crédito y capitalización. Como señala la definición, se trata de una institucionalidad de tipo empresarial, con una clara definición de la propiedad, y de los derechos y deberes de sus miembros sobre el capital y sobre la empresa.

 



3. La empresa a constituirse será de propiedad exclusiva de quienes la integran; como cualquier empresa, debe disponer de un capital social inicial, que se constituye sobre la base de los aportes que los/as interesados/as deben realizar al momento de formar la empresa. Este capital es la base para el funcionamiento del servicio de crédito.

 



4. El capital que aportan los/as integrantes les da la calidad de socios/as y propietarios/as de la SPI; adquieren como tales derechos y obligaciones: participar de las decisiones, de las utilidades y del riesgo de las pérdidas que ésta pudiera tener (en ambos casos proporcionalmente al porcentaje del aporte de cada persona socia). Adicionalmente adquieren el derecho a solicitar crédito. Por tanto, cada socio/a tiene al menos dos beneficios: el acceso a los servicios de la empresa (crédito, ahorro y capitalización), y el beneficio de una inversión potencialmente rentable (con utilidades distribuibles).

 



5. El grupo de conjunto establece sus propias reglas de participación (reglamentos), tanto en la empresa como tal, cuanto en relación con los servicios financieros que la empresa les brinda. También cada grupo define la forma de organización interna con la que va a funcionar su SPI, las condiciones para el ingreso y salida de socios/as, el monto y condiciones de los aportes de capital, las condiciones y requisitos de los créditos, la forma de operar los servicios, y las condiciones en las que van a recibir los ahorros.

 



6. El funcionamiento y la operación de la SPI se sustentan en la autogestión organizada del grupo, el trabajo voluntario de sus integrantes, tanto de los/as socios/as cuanto de sus directivos/as; también aprovecha el conocimiento que los/as socios/as tienen sobre cada uno/a de los/as solicitantes de crédito, y representa el aprendizaje y desarrollo de nuevos conocimientos y destrezas.

 



7. Las SPI pueden recibir apoyo financiero externo para incrementar su fondo de operaciones (formado por aportes propios de capital); pero, es importante que este apoyo sea bajo modalidades y proporciones específicas, que no pongan en riesgo el concepto de ser su propia empresa, asentada principalmente en su esfuerzo económico y en su trabajo.

 



8. Las SPI son sociedades de capital locales, a escala micro, que operan principalmente como un mecanismo de recirculación, reasignación y optimización de los flujos de fondos de las economías familiares de los sectores populares urbanos y rurales donde funcionan.

 



Las SPI promovidas e implementadas por el CEPESIU se desarrollan bajo los siguientes lineamientos generales:

 

1. Tienen como población meta principal a organizaciones y grupos de personas pertenecientes a estratos económicos de bajos ingresos, cuyas economías familiares están articuladas con actividades económicas de pequeña escala (actividades de tipo microempresarial), tanto de zonas urbano-populares, cuanto de zonas rurales.

 

2. En general, son sistemas que proveen créditos para actividades económicas (capital de trabajo), pero también para necesidades y emergencias familiares o personales.

 

3. Se asientan en el desarrollo de una cultura de ahorro e inversión en los/as participantes.

 

4. Son sistemas totalmente autogestionados por los/as propios/as participantes desde el diseño mismo de los sistemas.

 

5. Pretenden bases importantes de sostenibilidad económica, organizativa y operativa en el mediano y largo plazo, y no sólo la atención de las necesidades inmediatas de crédito.

   
         
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